Derecho a un contrato y a la cotización en la seguridad social
- Los contratos de duración determinada por más de 4 semanas o los indefinidos se harán por escrito. El contrato debe reflejar la jornada y el horario, el salario (incluidas las dos pagas extras completas que te corresponden), los días de vacaciones y el período de prueba (máximo de 2 meses). Si vas a trabajar como interna también debe especificar los tiempos de presencia y el régimen de pernoctas (noches que dormirás en la casa).
- Es obligatorio que quien te contrata tramite el alta laboral en la Seguridad Social reflejando la jornada y el salario real.
Solo si tienes un trabajo de menos de 60 horas al mes tienes que tramitar directamente tu afiliación, altas, bajas y variaciones de datos en la Seguridad Social cuando así lo acuerdes con la persona que te contrata. - La cuota de la Seguridad Social debe pagarla el/la empleador/a excepto un porcentaje que varía cada año (en 2018 es el 4,40% de la base de cotización) que le corresponde a la trabajadora. Solo esta parte es la que se puede descontar de tu salario.
Quédate siempre con una copia firmada del contrato
La cotización en la Seguridad Social determinará la base de nuestras pensiones, por eso es muy importante que estés dada de alta desde el primer día de trabajo
con tu jornada y salario real.
Derecho a un contrato y a la cotización en la seguridad social
- Los contratos de duración determinada por más de 4 semanas o los indefinidos se harán por escrito. El contrato debe reflejar la jornada y el horario, el salario (incluidas las dos pagas extras completas que te corresponden), los días de vacaciones y el período de prueba (máximo de 2 meses). Si vas a trabajar como interna también debe especificar los tiempos de presencia y el régimen de pernoctas (noches que dormirás en la casa).
- Es obligatorio que quien te contrata tramite el alta laboral en la Seguridad Social reflejando la jornada y el salario real.
Solo si tienes un trabajo de menos de 60 horas al mes tienes que tramitar directamente tu afiliación, altas, bajas y variaciones de datos en la Seguridad Social cuando así lo acuerdes con la persona que te contrata. - La cuota de la Seguridad Social debe pagarla el/la empleador/a excepto un porcentaje que varía cada año (en 2018 es el 4,40% de la base de cotización) que le corresponde a la trabajadora. Solo esta parte es la que se puede descontar de tu salario.
Quédate siempre con una copia firmada del contrato
La cotización en la Seguridad Social determinará la base de nuestras pensiones, por eso es muy importante que estés dada de alta desde el primer día de trabajo
con tu jornada y salario real.