Derecho a un salario digno
- El salario no debe ser inferior al salario mínimo interprofesional (En 2018: 735,90€ por una jornada de 40 horas semanales).
- Las horas de presencia no podrán superar las 20 horas a la semana y deberán pagarse como mínimo según el salario mínimo interprofesional (En 2018: 5,76€ la hora).
- Tienes derecho a dos pagas completas extraordinarias al año. Pueden abonarse en junio y en diciembre o repartirse en el sueldo de cada mes.
- Si se descuentan salarios en especie (hospedaje, alimentos u otros) no deberán superar el 30% del salario que cobres.
Es importante que con tu salario y pagas te den un recibo o nómina. Puedes necesitar este comprobante si tuvieras que reclamar alguna cantidad.
Derecho a un salario digno
- El salario no debe ser inferior al salario mínimo interprofesional (En 2018: 735,90€ por una jornada de 40 horas semanales).
- Las horas de presencia no podrán superar las 20 horas a la semana y deberán pagarse como mínimo según el salario mínimo interprofesional (En 2018: 5,76€ la hora).
- Tienes derecho a dos pagas completas extraordinarias al año. Pueden abonarse en junio y en diciembre o repartirse en el sueldo de cada mes.
- Si se descuentan salarios en especie (hospedaje, alimentos u otros) no deberán superar el 30% del salario que cobres.
Es importante que con tu salario y pagas te den un recibo o nómina. Puedes necesitar este comprobante si tuvieras que reclamar alguna cantidad.