Baja laboral
- Tienes derecho a acudir al médico y a atender a tu salud cuando lo necesites.
- Baja por enfermedad común o accidente NO laboral: el subsidio por incapacidad temporal deberá pagarlo el empleador/a entre el día 4 y el 8 día; a partir del día 9 estará cubierto por la Seguridad Social. Si el médico te reconoce la baja, no tienes obligación de trabajar.
- Baja por enfermedad profesional o accidente de trabajo: se cobra a partir del día siguiente al de la baja. Es importante que le menciones al médico si el accidente fue en tu trabajo y las condiciones y sustancias con las que trabajas.
- Tienes derecho a la baja por maternidad igual que el resto de trabajadoras. l No se tiene derecho a la prestación por desempleo.
Es ilegal que te despidan si estás de baja, pero si lo hacen, puedes denunciarlo
Real Decreto 1620/2011, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.
Ley 27/2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (disposición adicional 39 y disposición transitoria única)..
Baja laboral
- Tienes derecho a acudir al médico y a atender a tu salud cuando lo necesites.
- Baja por enfermedad común o accidente NO laboral: el subsidio por incapacidad temporal deberá pagarlo el empleador/a entre el día 4 y el 8 día; a partir del día 9 estará cubierto por la Seguridad Social. Si el médico te reconoce la baja, no tienes obligación de trabajar.
- Baja por enfermedad profesional o accidente de trabajo: se cobra a partir del día siguiente al de la baja. Es importante que le menciones al médico si el accidente fue en tu trabajo y las condiciones y sustancias con las que trabajas.
- Tienes derecho a la baja por maternidad igual que el resto de trabajadoras. l No se tiene derecho a la prestación por desempleo.
Es ilegal que te despidan si estás de baja, pero si lo hacen, puedes denunciarlo
Real Decreto 1620/2011, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.
Ley 27/2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (disposición adicional 39 y disposición transitoria única)..